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Diputado Ojeda criticó la falta de urgencia para resolver reivindicaciones de Gendarmería

Una dura crítica efectuó el diputado DC, Sergio Ojeda, ante la falta de voluntad del Estado para resolver las reivindicaciones de los funcionarios de Gendarmería de Chile. “Son años que han luchado, por una serie de requerimientos, como su profesionalización y modernización, la reestructuración de los escalafones y plantas de los funcionarios, la recuperación de los quinquenios penitenciarios, como también por nuevas estructuras carcelarias y muchas de éstas peticiones aún no han sido resueltas”, afirmó.

El parlamentario quien intervino en una sesión especial de la Cámara de Diputados, que tuvo por objeto analizar las afectaciones a los derechos previsionales de funcionarios de Gendarmería consagrados en la Ley N° 19.195, relató que “Gendarmería enfrenta un nuevo problema, ya que la Contraloría interpreta erróneamente una norma legal, resolviendo límites de las imponibilidades de las remuneraciones cuando no lo hay. Critiqué durante mi intervención esta situación, donde se desconocen, los derechos de los funcionarios de esta institución”.

Por otra parte señaló que “La Ley N° 19.195 del 13 de enero de 1993, es clara y precisa e indica, que Gendarmería quedará sujeta al régimen previsional y de término de la carrera que rija para el personal de Carabineros de Chile, esto significa que las remuneraciones y bonificaciones del personal de Gendarmería de Chile serán imponibles y que no tienen límite de imponibilidad”.

Por último, Ojeda expresó que “la Contraloría interpreta de forma distinta la ley, al señalar que las remuneraciones y bonificaciones de los trabajadores afectos a Dipreca, están sujetas al límite de imponibilidad de 60 UF y no pueden estarlas, porque el régimen previsional de Carabineros de Chile no establece límite de imponibilidad alguna para el personal de Carabineros y menos puede tenerlo Gendarmería, que está adscrito a este sistema. Hemos pedido a la Presidenta de la República, que envíe un Proyecto de Ley interpretativo, para que diga clara y precisamente que este régimen imponible no tiene límites”.

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